EL ORGANO JUDICIAL INCURRIO EN VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS DEL ABOGADO JOSE ANGEL AGUIRRE POR OBLIGARLO A RENUNCIAR A SU CARGO.
LA DEMANDA CONTENCIOSA BUSCA UNA INDEMNIZACION DE HASTA UN MILLON DE DOLARES
Se trata del ex funcionario José Ángel Aguirre
El abogado José Ángel Aguirre acusó al Órgano Judicial de Panamá de vulnerar sus derechos humanos y laborales al forzar su renuncia para que pudiera acceder al bono de antigüedad correspondiente a un retiro definitivo.
Alega que el OJ le a causado daños morales y Materiales que pueden ascender a UN MILLON DE DOLARES
Esta denuncia involucra directamente a la directora de Recursos Humanos, Mercedes de León, y a la magistrada Gisela Agurto, titular del Tribunal de Apelaciones Marítimas.
| Gisela Agurto, titular del Tribunal de Apelaciones Marítimas. |
Aguirre comenzó a trabajar en el Órgano Judicial en agosto de 2015 como Escribiente II, ascendiendo hasta Oficial Mayor IV en febrero de 2024. Según su relato, enfrentó un ambiente laboral hostil debido a animadversión de magistrados, especialmente del entonces magistrado César Menchaca y luego de la magistrada Agurto, quienes promovieron su exclusión y acoso.
El 27 de mayo de 2025, se le notificó la cancelación de su nombramiento y se le instruyó abandonar el cargo. A pesar de padecer diabetes mellitus y atravesar una situación familiar complicada por la hospitalización de su madre con cáncer, fue presionado por Recursos Humanos para firmar su renuncia y tomar 45 días de vacaciones forzadas a fin de completar 10 años de servicio para obtener el bono de antigüedad.
Legalmente, la renuncia no debe ser obligatoria ni condición para acceder a beneficios laborales, conforme a la Ley 38 de 2000 y la Ley 59 de 2005, que también protegen a trabajadores con enfermedades crónicas. Aguirre denuncia abuso de autoridad y discrecionalidad administrativa que vulnera derechos garantizados por la Constitución, la Declaración Universal de Derechos Humanos y tratados internacionales suscritos por Panamá.
El abogado dio a conocer a este medio y la defensoría del pueblo, que interpondrá demanda de reparación directa en contra del Órgano Judicial, y que antes de salir de la institución reconsideración y presentó pruebas médicas, pero no recibió respuestas ni propuestas de reubicación laboral. Denuncia que el bono de antigüedad fue instrumentalizado para forzar su salida sin garantías ni respeto a su salud.
Expertos en derecho laboral consultados coinciden en que la legislación panameña protege a empleados con condiciones especiales frente a despidos arbitrarios y abusos, exigiendo procedimientos justos y no discriminatorios. El viceministro de Trabajo, Roger Alberto Tejada Bryden, y el especialista internacional Dr. Sergio Paixao, resaltaron que el respeto al trabajo como derecho humano fundamental debe ser prioridad en todas las entidades públicas.
Este caso evidencia la necesidad urgente de fortalecer las protecciones laborales de los servidores públicos con enfermedades crónicas, garantizando ambientes laborales justos y respetuosos en el Órgano Judicial panameño.
Sin embargo, denunció que bajo la administración de magistrados desde 2024, se generó un clima adverso motivado por animadversión y su diagnóstico de diabetes mellitus. Alegó que se le negó la renovación de nombramiento y fue presionado a renunciar con la intermediación de la Dirección de Recursos Humanos para acceder al bono de antigüedad, lo que equivaldría a un retiro definitivo del cargo.
Expertos en derecho laboral y derechos humanos entrevistados subrayan que la ley panameña protege a los trabajadores, especialmente a quienes padecen enfermedades crónicas, contra despidos arbitrarios y abusos de autoridad. La Ley 38 de 2000 establece que las actuaciones de las entidades públicas deben ser imparciales, objetivas y respetar el debido proceso. Asimismo, la Ley 59 de 2005 protege la estabilidad laboral de personas con enfermedades degenerativas y la Ley 42 de 1999 garantiza igualdad de oportunidades para personas con discapacidad.
Este caso pone en cuestión la aplicación de estas normativas dentro del Órgano Judicial panameño, donde el funcionario reporta que las autoridades limitaron sus opciones, no ofrecieron reubicación y promovieron una renuncia no voluntaria bajo presión, contraviniendo derechos protegidos por la Constitución y tratados internacionales sobre el derecho al trabajo y la estabilidad laboral.
Este episodio revela la necesidad urgente de reforzar la protección y garantía de los derechos laborales de los servidores públicos con condiciones de salud especiales, promoviendo un ambiente justo, respetuoso y conforme a los principios legales nacionales e internacionales.
Referencias legales incluyen artículos clave de la Ley 38 de 2000, Ley 59 de 2005, Ley 42 de 1999, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

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